Autor: Gobierno de la Ciudad de México | Indiscapacidad
El artículo 11 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad refiere que los Estados partes adoptarán todas las medidas para garantizar la seguridad y la protección de las
personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas las de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales. Asimismo, en su artículo 25 establece que este sector de la población tiene derecho a gozar del más alto nivel de salud sin discriminación.
Conoce en este documento las principales medidas para la atención de personas con discapacidad.